viernes, 21 de octubre de 2016

Puntos más relevantes del proyecto de ley de la Reforma Tributaria.



Artículo provisto por mi asesora de PORVENIR, Julieta Avila Páez.

  1.    A partir de 2017, de tres sistemas (Renta Ordinaria, Imán e Imás) se pasa a uno sólo (Renta Ordinaria)
Esta medida que reemplaza los tres sistemas en los que se venía tributando permitirá el pago de un solo impuesto a partir del próximo año. Frente a este tema es importante destacar que el 93% de los colombianos con ingresos inferiores a $3.200.000 no pagarán el impuesto. De los 27.6 millones de colombianos que reportan ingresos, 3.2%, que gana entre $2.975.300 y $3.471.183 al año, empezará a declarar renta en 2018.
Primera Página - Agencia de Noticias -
Bogotá.- La Reforma Tributaria Estructural radicada el pasado 19 de octubre y como una medida de simplificación y tributación justa tiene como eje fundamental en el tratamiento del Impuesto de Renta Personas Naturales, el pago mediante un solo sistema, denominado Renta Ordinaria. Esta medida que reemplaza los tres sistemas en los que se venía tributando (Renta Ordinaria, Imán e Imás) permitirá el pago de un solo impuesto a partir del 2017.
La Reforma, dentro de una propuesta de progresividad para el pago del Impuesto de renta personas naturales, protegerá el ingreso del 93% de colombianos con ingresos inferiores a $3.200.000, el 7% restante de contribuyentes con ingresos superiores a $3.200.000, tributarán de acuerdo con sus ingresos. A más ingresos, más impuesto.
De los 27.6 millones de colombianos que reportan ingresos, 3.2%, que gana entre $2.975.300 y $3.471.183 al año, empezará a declarar renta en 2018, 3.8%, que gana más de $3.471.183, continuará obligado a declarar y un 43.3% que gana entre 1 salario mínimo y $2.975.300 no deberán pagar renta.
Una persona natural puede tener cuatro tipos de ingreso:
Ingresos Laborales: Provenientes de salarios o de una relación laboral (asalariados y contratistas)
Ingresos No Laborales: Honorarios, comisiones, servicios y negocios por cuenta (tiendas, taxis, servicios de traducción, entre otros).
Rentas de Capital: arrendamientos de muebles, bienes e inmuebles, inversiones, rendimientos financieros).
Dividendos: acciones.
Deducciones
En todos los casos se podrán deducir los aportes obligatorios a salud y pensiones. Los asalariados tendrán automáticamente el derecho a declarar como renta exenta un 25% de su ingreso y en las rentas no laborales y de capital (diferentes a dividendos) se pueden deducir los costos asociados a su actividad económica.
Adicionalmente, todas las personas naturales podrán deducir hasta un 10% adicional por AFC, pensiones voluntarias, dependientes, etc. El tope a las rentas exentas de asalariados será el 35% de las rentas con un máximo valor de $104.135.500 (3500 UVT).
Las rentas exentas totales no podrán exceder el 35% de ingresos constitutivos de renta total, descontando pagos a seguridad social, costos y gastos asociados. Estas son las rentas exentas que se mantienen, entre otras:
1. 25% de Renta Exenta
2. AFC
3. Las indemnizaciones por accidente de trabajo o enfermedad.
4. Licencia de maternidad
5. Auxilio funerario
6. Cesantías y sus intereses
7. Pensiones (aportes voluntarios)
8. El seguro por muerte, y las compensaciones por muerte de los miembros de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional.
9. Gastos de representación de magistrados, fiscales y jueces de la República
10. Exceso del salario básico de miembros de las FFMM
11. Primas, bonificaciones, horas extras y demás complementos salariales de los pilotos
12. Prima especial y la prima de costo de vida de funcionarios diplomáticos
13. Indemnizaciones por seguros de vida
Determinación de pago
Como una evidencia en la simplificación del pago del Impuesto sobre la renta personas naturales, la determinación del pago de la obligación se podrá realizar en seis pasos:
1. Clasificar los ingresos entre Laborales, No Laborales y Rentas de Capital.
2. Establecer a cada ingreso los costos y deducciones permitidos por la ley, para cada tipo de ingreso
3. En caso de no tener ingresos en alguno de ellos, poner cero (o).
4. Sumar el resultado de cada ingreso y determinando la Base Gravable sobre la cual se aplica la tarifa.
5. En caso de tener dividendos aplicar la tarifa diferente establecida, de acuerdo con las tablas de tarifas.
6. El pago total será el resultado de la operación de los puntos tres, cuatro y cinco.
Ejemplo pago mensual con Reforma si se es empleado
   

2.    La Reforma Tributaria Estructural establece cambios en la renta de personas jurídicas
De cuatro impuestos que se pagan actualmente se simplifica la obligación a un solo impuesto de renta, las empresas con utilidades mayores a $800 millones En el 2018, con Reforma tendrían que pagar un 36%. Las empresas con utilidades menores a $800 millones que en 2017 tendrían que pagar un 34%, igual a la actual tarifa, con Reforma pagarían un 33%. En 2018 y a partir del 2019 pagarían un 32%. Es decir, a 2019 la Reforma reduce en dos puntos el pago de la obligación.
Bogotá.- Con la Reforma Tributaria las empresas con utilidades mayores a $800 millones tendrían que pagar, sin Reforma, un 42%; con Reforma pagarían un 39%, las empresas con utilidades menores a $800 millones que en 2017 tendrían que pagar un 34%, igual a la actual tarifa, con Reforma pagarían un 33%.
La Reforma les propone a los empresarios, dejar de pagar cuatro impuestos y pagar uno sólo. Esto, les facilitará el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Las empresas reducirán los impuestos para poder crecer más y crear empleo de calidad y estable.
De cuatro contabilidades, se pasa a dos (Niff y contable).
Las empresas y las personas jurídicas podrán deducir el IVA sobre los bienes de capital, es decir lo que compren para expandirse, mejorar sus negocios e invertir en maquinaria, fábricas y nuevas tecnologías, entre otras.
Deducciones
La Reforma desaparece el Impuesto a la riqueza, las empresas con utilidades mayores a $800 millones, tendrían que pagar, sin Reforma, un 42%; con Reforma pagarían un 39%. En el 2018, sin Reforma, pagarían un 43%, con Reforma tendrían que pagar un 36%.
Las empresas con utilidades menores a $800 millones que en 2017 tendrían que pagar un 34%, igual a la actual tarifa, con Reforma pagarían un 33%. En 2018 y a partir del 2019 pagarían un 32%. Es decir, a 2019 la Reforma reduce en dos puntos el pago de la obligación.
Beneficios
La Reforma tributaria estructural mantiene los siguientes beneficios tributarios:
-Deducción del 150%, por inversiones en fuentes de energía no convencionales.
-El 20% de descuento por donaciones.
-El 20% de descuento por reforestación y control del medio ambiente.
-Deducción del 100% más un descuento del 20% por concepto de Ciencia, tecnología e innovación.
Reducciones
Para la generación de empleo se redujeron contribuciones del empleador, contribuciones a salud, pensiones y cajas a cargo del empleador con una carga de más de 10 salarios mínimos legales vigentes (Smlmv).
Se propone, destinación específica de nueve puntos provenientes del Impuesto de renta y garantía de ingresos. Las rentas exentas del Impuesto de renta, pero que actualmente pagan Cree, continuarán gravadas con una tarifa preferencial del 9%.
Entre estas, rentas provenientes de servicios hoteleros prestados en hoteles nuevos y remodelados hasta el 31 de diciembre de 2017 (30 años desde el inicio de operaciones que terminan en 2047) y rendimientos de contratos de leasing celebrados entre 2002 y 2012 (10 años y que terminan en 2022).
Igualmente, en lo relacionado con rentas de las empresas industriales y comerciales del Estado, con participación del Estado, superiores al 90% que ejerzan los monopolios de suerte y azar y licores y alcoholes y la renta de las empresas editoriales por los primeros $1.500 millones de utilidades gravadas al 9% y el exceso gravado a la tarifa general (20 años que terminan en 2033).
Propuesta rentas exentas gravadas a 2018
La Reforma contempla las siguientes actividades de rentas exentas a ser gravadas para 2018:
Servicios de transporte fluvial con embarcaciones y planchones de bajo calado.
Servicios de ecoturismo.
Desarrollo de software.
Rendimientos generados por la reserva de estabilización que constituyen las AFP.
Recursos provenientes de donaciones en desarrollo del Protocolo de Montreal.
Rentas de las Zonas Económicas de Exportación.
Rentas por el arrendamiento de vivienda urbana por parte de sociedades especializadas.
Incentivos tributarios en zonas afectadas por el Conflicto Armado
Estos impuestos buscan atraer inversión, empleo y progreso a las zonas afectadas por el conflicto armado. Adicionalmente, se incluyeron unos incentivos tributarios para cerrar las brechas de desigualdad socio-económica en estas zonas.
Las micro y pequeñas empresas, del 2017 a 2021 no pagarán impuesto sobre la renta, las empresas medianas y grandes, para el mismo período pagarán el 50% de la tarifa general de renta.
Sin embargo, estos beneficios aplicarán sólo para nuevas empresas, que tengan su domicilio principal y desarrollen toda su actividad económica en las zonas más afectadas por el conflicto, las cuales determinará el Gobierno Nacional.
Se excluyen las empresas dedicadas a la minería y a la explotación de hidrocarburos, así como los grandes contribuyentes dedicados a la actividad portuaria


3.    Impuesto 4x1000 para las transacciones financieras se mantiene en la Reforma Tributaria
Con el Gravamen a los Movimientos Financieros se generó el 0,8% del PIB en el último año. Este impuesto de fácil recaudación genera recursos importantes para el Gobierno, y si bien tiene efectos negativos sobre la intermediación financiera, cualquier otro tributo que sustituya su recaudo actual también tendría efectos nocivos sobre la actividad económica. Además, la intermediación financiera no está gravada con IVA y la Comisión considera que se debe mantener exenta.
Bogotá.- En la Reforma Tributaria que fue radicada, el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas señaló que el impuesto 4x1000 para las transacciones financieras se mantendrá con el Gravamen a los Movimientos Financieros se generó el 0,8% del PIB en el último año.
Durante su intervención, Cárdenas recordó que este impuesto de fácil recaudación genera recursos importantes para el Gobierno, y si bien tiene efectos negativos sobre la intermediación financiera, cualquier otro tributo que sustituya su recaudo actual también tendría efectos nocivos sobre la actividad económica.
Además, señaló que la intermediación financiera no está gravada con IVA y la Comisión considera que se debe mantener exenta.
Cabe recordar que en la Reforma Tributaria, los impuestos de renta, cree, sobretasa y riqueza a las personas jurídicas se unificarán en un solo impuesto a la renta.
De esta forma la tarifa de imprenta de personas jurídicas pasará de 43% hoy a 36% en 2018 y del 32%, en el 2019, es decir se reducen tres puntos para 2017 y seis puntos para 2018.
Esto con el objeto de reducir la carga tributaria para que las empresas puedan crecer más y crear más empleo.
La Reforma establece además que las empresas podrán deducir del pago del impuesto de renta, el IVA que haya pagado sobre los bienes de capital, es decir, lo que compren para expandirse, mejorar sus negocios y modernizarse.
En ese sentido, con esta Reforma Tributaria la tarifa de imprenta de personas jurídicas pasará de 43% hoy a 36% en 2018 y del 32%, en el 2019, es decir se reducen tres puntos para 2017 y seis puntos para 2018.

               
4.    Quedan exentas del 4x1000 las operaciones de compra de divisas que impliquen repatriación de inversiones de portafolio
Esta es una de las novedades que tiene el proyecto de Reforma Tributaria que fue puesto a consideración del Congreso. En el artículo 204 de la iniciativa se decidió incluir que "se encuentran exentos del gravamen a los movimientos financieros: ...29. Las operaciones de compra de divisas que tengan como único propósito la repatriación de inversiones de portafolio".
Bogotá.- Dentro de los primeros trabajos de arqueología sobre el proyecto de Reforma Tributaria Estructural que radicó el Gobierno en el Congreso se encontraron unas operaciones sobre las cuales no habrá que pagar impuesto del 4x1.000.
En el artículo 204 del proyecto se decidió adicionar el numeral 29 al artículo 879 del Estatuto Tributario.
Dicho artículo indica que "se encuentran exentos del gravamen a los movimientos financieros" entre otras las siguientes operaciones:
Aquellas "de compra de divisas que tengan como único propósito la repatriación de inversiones de portafolio".
Por otro lado, hay que decir que el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, aseguró que la eliminación de la retención en la fuente a la inversión extranjera de portafolio no fue incluida en ninguno de los 311 artículos que conforman el proyecto de ley que busca hacer una Reforma Tributaria Estructural.
En la reforma del 2014 se logró reducir dicha retención del 25% al 14% y había expectativa de que desapareciera por completo en el proyecto que pretende modificar el estatuto tributario actual.
La expectativa surgió porque hace un tiempo el viceministro técnico de Hacienda, Andrés Escobar, había dicho que no descartaba la posibilidad de que el tema de la eliminación de la citada retefuente fuese tenido en cita en la Reforma Tributaria Estructural que acaba de comenzar su trámite en el Congreso de la República.
En ninguna de la 182 páginas que recoge los 311 artículos del proyecto de la reforma se refiere a la retención de los capitales golondrina.
Sin embargo, Primera Página conoció que dentro de Hacienda la eliminación de la retefuente a la inversión extranjera en portafolio es uno de los tantos temas que se pueden terminar abordando en el desarrollo del debate de la iniciativa. Es decir, que el camino es culebrero y todavía no se puede decir la última palabra.
De otra parte, el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, en la presentación del proyecto de Reforma Tributaria Estructural aseguró que si Colombia pierde grado de inversión los intereses se suben de $28 billones a $32 billones.
Vale recordar que las calificadoras de riesgo internacional advirtieron que si no se hace una reforma adecuada el país corre el peligro de perder su grado de inversión.
Así mismo, el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, explicó que el impuesto a los cigarrillos se triplicará, pasaría de $701 a $2.100 por cajetilla.
Ese impuesto por cajetilla de cigarrillos a partir del 2018 se incrementará la inflación más 4%. El precio de la cajetilla más vendida en Colombia paradas de $3.000 a $4.600.
En Colombia mueren 72 por tabaquismo al día y más de 26.000 al año.
En la Reforma Tributaria que radicaron, la tarifa de imprenta de personas jurídicas pasará de 43% hoy a 36% en 2018 y del 32%, en el 2019.
Los dividendos superiores a $29,7 millones al año pagarán impuesto del 10%, según lo acaba de revelar el ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas.
En la presentación del proyecto de la Reforma Tributaria Estructural, el ministro Cárdenas aseguró que los dividendos anuales entre $17,85 millones y $29,7 millones pagarán un impuesto del 5%.
Además, que los dividendos por debajo de $17,8 millones no pagarán impuesto.


5.    Impuesto a dividendos lo pagarán personas naturales y sociedades foráneas pero no las jurídicas nacionales
Los dividendos superiores a $29,7 millones al año pagarían un impuesto del 10%. Mientras que los dividendos anuales entre $17,85 millones y $29,7 millones pagarán un impuesto del 5%. Por su parte, los dividendos por debajo de $17,8 millones no pagarían dicho impuesto. Al no quedar gravados los dividendos de las personas jurídicas se evita el efecto cascada que tanto temía el mercado.
Bogotá.- El impuesto sobre los dividendos que contempla el proyecto de ley que pretende hacer una Reforma Tributaria Estructural sólo lo pagarán aquellas personas naturales y sociedades extranjeras que los reciban, siempre que aquellos superen en un año los a $17,8 millones.
Las personas jurídicas nacionales definitivamente según el proyecto no pagarán impuesto sobre los dividendos. Para el mercado es una buena noticia porque de esta manera se evita un efecto cascada en materia impositiva.
Por su parte, los dividendos superiores a $29,7 millones al año pagaran impuesto del 10%, según lo reveló el ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas.
En la presentación del proyecto de la Reforma Tributaria Estructural, el ministro Cárdenas aseguró que los dividendos anuales entre $17,85 millones y $29,7 millones pagarán un impuesto del 5%.
Además, que los dividendos por debajo de $17,8 millones no pagarán impuesto.
De otra parte, el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, en la presentación del proyecto de Reforma Tributaria Estructural aseguró que si Colombia pierde grado de inversión los intereses se suben de $28 billones a $32 billones.
Vale recordar que las calificadoras de riesgo internacional advirtieron que si no se hace una reforma adecuada el país corre el peligro de perder su grado de inversión.
Así mismo, el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, explicó que el impuesto a los cigarrillos se triplicará, pasaría de $701 a $2.100 por cajetilla.
Ese impuesto por cajetilla de cigarrillos a partir del 2018 se incrementará la inflación más 4%. El precio de la cajetilla más vendida en Colombia paradas de $3.000 a $4.600.
En Colombia mueren 72 por tabaquismo al día y más de 26.000 al año.


6.    Tarifa de imporenta de personas jurídicas pasará de 39% en 2017 a 36% en 2018 y del 32%, en el 19
Si no se hiciese Reforma Tributaria la tarifa del impuesto de renta sería del 42% en el 2017 y del 43% en el 2018. A las zonas francas se les subirá el impuesto de renta del 15% al 22% a partir del 2019. Así lo anunció el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, en la presentación del proyecto de ley de la Reforma Tributaria Estructural.
Bogotá.- El proyecto de Reforma Tributaria Estructural contempla un descenso en el impuesto de renta del 39% en el 2017 al 36% en el 2018 y al 32% en el 2019.
Sin la Reforma Tributaria en el 2017 el imporenta sería del 42% y para el 2018 éste sería del 43%.
Además, a las zonas francas se les subirá el impuesto de renta del 15% al 22% a partir del 2019, así lo anunció el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, en la presentación del proyecto de ley de la Reforma Tributaria Estructural.
Por otra parte, el jefe de la cartera de Hacienda, en la presentación del proyecto de Reforma Tributaria Estructural, aseguró que si Colombia pierde grado de inversión los intereses se suben de $28 billones a $32 billones.
Vale recordar que las calificadoras de riesgo internacional advirtieron que si no se hace una reforma adecuada el país corre el peligro de perder su grado de inversión.
Así mismo, el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, explicó que el impuesto a los cigarrillos se triplicará, pasaría de $701 a $2.100 por cajetilla.
Ese impuesto por cajetilla de cigarrillos a partir del 2018 se incrementará la inflación más 4%. El precio de la cajetilla más vendida en Colombia paradas de $3.000 a $4.600


7.    Negocios que generen ingresos entre $43 millones y $104 millones podrán pagar monotributo o imporenta
Los dueños de esos negocios pueden escoger entre pagar el impuesto de renta que es un 3% de sus ingresos o pagar el monotributo que es un 1% de sus ingresos. Además, tendrían derecho a tener un datáfono y por las transacciones que hagan por ahí no pagarían retención de fuente.
Bogotá.- El ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas, radicó el texto del proyecto de ley de la Reforma Tributaria en donde los negocios que generen ingresos entre $43 millones y $104 millones podrán pagar mono tributo o imporenta.
Los dueños de esos negocios pueden escoger entre pagar el impuesto de renta que es un 3% de sus ingresos o pagar el monotributo que es un 1% de sus ingresos. Además, tendrían derecho a tener un datáfono y por las transacciones que hagan por ahí no pagarían retención de fuente.
Cabe recordar que los productos de la canasta familiar que no están gravados seguirán sin IVA. Entre los productos que seguirán sin IVA en la Reforma Tributaria presentada hoy, a las 6:30 de la tarde en el Congreso de la República, están la carne, los servicios públicos, las frutas y las verduras.
La radicación la acaba de hacer en la Secretaría General de la Cámara de Representantes, poco después de que fuese aprobado el Presupuesto General de la Nación para la vigencia del año 2017.
Es importante mencionar que de acuerdo con el texto presentado por la comisión de expertos anteriormente, se había hecho la sugerencia de gravar con un 5% de IVA los bienes que actualmente se consideran en la categoría de exentos. 
Además de esto, Cárdenas, aseguró a través de su cuenta oficial de Twitter que la Reforma Tributaria de este año protegerá la pensión de los trabajadores colombianos. 
Cabe mencionar que entre los datos que ya se conocen, que serán incluidos en esta Reforma Tributaria se encuentra el monotributo para los pequeños comerciantes, la eliminación del Iman e Imas en la Declaración de Renta de personas naturales y la intención de preservar el 4 x 1.000 para las transacciones financieras. 
Tras la radicación del proyecto, el jefe de la Cartera de Hacienda, ofrecerá una rueda de prensa para explicar y responder las preguntas que se tengan tanto del Proyecto General de la Nación como de la Reforma Tributaria
 Vale recordar que la Plenaria del Senado aprobó en último debate el proyecto de Presupuesto General de la Nación para la vigencia del año 2017 por un monto de $224,4 billones.
 Este proyecto que ahora pasará a sanción presidencial, fue aprobado en Cámara de Representantes con 83 votos a favor y 18 votos en contra, mientras que en la sesión de Plenaria del Senado, este fue aprobado con 53 votos a favor y 14 en contra.


martes, 11 de octubre de 2016

El circulo vicioso de la inocencia financiera


“La experiencia no es lo que nos pasa sino lo que hacemos con lo que nos pasa”.
Aldo Huxley
Hago mención a la cita anterior para referirme a una historia que llegó a mis oídos la semana pasada, sobre un ejecutivo de altos ingresos que completó la tripleta: parte de sus excedentes se quedaron en el descalabro  de DMG; gracias a sus altos ingresos pronto se recuperó y colocó sus reservas en Interbolsa; y ahora está luchando para ver cómo recupera algo de sus ahorros que estánenredados en el caso Élite.
Se trata de una persona que ha vivido incidentes pero no experiencias. Vive tan ocupado trabajando para mantener sus altos ingresos, que no tiene tiempo de hacer un alto en el camino yconvertir esos incidentes en experiencias. Da la impresión de que sus continuos fracasos económicos no le han enseñado nada. Probablemente no se ha percatado de que su esfuerzo para lograr altos ingresos no está disfrutándolo su familia, sino las familias de los Murcia, los Jaramillo, los Nava y otros más que, aprovechando la ingenuidad de los incautos, los han despojado de su dinero.
Pero esa ingenuidad tiene un nombre: se trata de “Inocencia financiera”. Son personas que en el aspecto financiero son comotiernos infantes que no han querido madurar para darse cuenta de que el mundo de las inversiones financieras es una selva plagada de fieras dispuestas a pasar por encima de los más débiles, sin miramientos de ninguna naturaleza. ¡No es posible adentrarse en la misma sin la debida protección!
Los ahorradores —no podemos llamarlos inversores— siguen tropezándose con la misma piedra una y otra vez: en menos de una década hemos visto los casos de DMG, DRFE,  Interbolsa, Fondo Premium,  Proyectar Valores, Estraval, Élite, etc. Y a nivel internacional: Stanford Bank, Madoff y otros, en los que muchos colombianos han perdido sus ahorros.
¿A quién culpar?
La responsabilidad es compartida: por una parte están las autoridades, principalmente la Superintendencia Financiera y la de Sociedades, las cuales no han sabido detectar  oportunamente los casos para prevenirlos y evitar las grandes pérdidas que han sufrido muchos colombianos. Aparentemente no cuentan con las herramientas legales para hacerlo. De ser así, entonces parte de la culpa caería en los legisladores. Digamos que al gobierno le corresponde el 25 % de la culpa.
Por supuesto, los otros grandes culpables son los estafadores que, aprovechando la ingenuidad de los ahorristas, estructuran complejos y atractivos productos financieros con los cuales logran convencerlos  para que les entreguen su plata. Ellos hacen uso de las falencias de las autoridades financieras y la inocencia financiera de los ahorradores para quitarles sus ahorros. Digamos que a estos corresponde otro 25 % de la culpa.
La causa raíz
Pero el verdadero culpable, al que corresponde el 50 % de la responsabilidad, es el ahorrista. Es él quien debe cuidar de su dinero. Las autoridades financieras son solo un soporte que fija las reglas del juego y trata de hacerlas cumplir a través de sus entes controladores, pero no dispone de los recursos para atender el descuido de cada uno de los ciudadanos. Por su parte, las entidades captadoras, tanto legales como ilegales, son simples supermercados que ofrecen al cliente diversos productos financieros.
Es el ahorrista el que debe saber elegirlos. De la misma manera queel ama de casa sabe qué productos seleccionar y es capaz de dilucidar cuándo una oferta demasiado atractiva es engañosa, asimismo el ahorrista debe saber detectar y evitar las estafas. De no hacerlo, es él quien paga las consecuencias. Las autoridades siempre pueden alegar que no tenían competencia y con eso salen del paso. Los estafadores puede que vayan a la cárcel por unos años y luego salen a disfrutar de sus fortunas que han sabido esconder muy bien en paraísos fiscales o a través de testaferros.
El ahorrador, por su parte, sigue trabajando duramente para crear nuevos ahorros que estarán destinados a servir de disfrute del próximo Murcia o Jaramillo que se les atraviese. Y así seguirán hasta que llegue el momento del retiro y entonces se den cuenta de que sus recursos no son suficientes para vivir decentemente el resto de la vida. El dinero que dejaron escapar en malas inversiones hubiese hecho la diferencia, pero ya será tarde para hacer algo al respecto. La época de los altos ingresos ha pasado  y los ahorros se esfumaron. Parte de su dinero ha contribuido con la riqueza de los captadores de sus aventuras financieras,  de los desarrolladores de planes de inversión engañosos que han sabido aprovecharse de su inocencia financiera para esquilmar los duramente ganados ingresos.
La verdadera causa raíz es la falta de educación financiera de los ahorradores. Si bien la educación financiera no garantiza el éxito de todas las inversiones, por lo menos enseña a detectar las señales de una inversión excesivamente riesgosa, al revelar principios básicos que deben tomarse en cuenta al momento de invertir.
Pensemos por ejemplo en el caso más reciente, el de Élite. Con solo conocer el concepto fundamental de que alto rendimiento es sinónimo de alto riesgo, eso ya sería una voz de alerta que nos obligaría a profundizar más sobre la inversión, estudiar muy bien lo que es una libranza y determinar que un pagaré-libranza que pague intereses del 18 % anual proviene de deudores que deben estar pagando intereses de usura por sus créditos; es decir deudores que, debido a su trayectoria o su endeble soporte, no tienen acceso a créditos de intereses normales. Una persona educada financieramente hubiese podido captar esas señales.
¿Cómo evitar caer en este tipo de timos?
La única solución para evitar caer en este tipo de trampas es la educación financiera. A través de esta podrán adquirir herramientas que les permitirán detectar los indicadores de una inversión peligrosa. Es a través del conocimiento que podemos determinar la viabilidad de una inversión.
Quiero terminar este artículo con una cita de un autor e inversionista que sabe bastante sobre el tema de educación financiera: “La inteligencia resuelve problemas y produce dinero. Dinero sin inteligencia financiera es dinero que se pierde rápidamente”. Kiyozaki
Aprovecho nuevamente para invitar a los lectores a acompañarnos en el taller sobre inversiones, en el cual hablaremos de todos estos temas, tanto del ámbito colombiano como del internacional. Aún tenemos cupos para el 29 de octubre.
Si le gustó, también le puede interesar: ¿Cómo realizar una primera inversión en los mercados globales?
Fundador

martes, 4 de octubre de 2016

¿Cómo realizar una primera inversión en los mercados globales?


¿Por qué debería invertir en los mercados globales?
La razón más importante es la de diversificar el riesgo. “No poner todos los huevos en una sola canasta”, es probablemente la recomendación más popular y más sabia sobre inversiones, y una de las formas de diversificar es hacerlo en diferentes monedas. En nuestro caso, por supuesto, las más obvias son en dólar y el euro.Pero la mayoría de la gente no sabe cómo invertir en estas monedas. Es por ello que vamos a dar unos pequeños tips en este artículo.
La primera duda con la que me he encontrado es sobre de la legalidad de invertir en moneda extranjera.
¿Es legal invertir en moneda extranjera?
Perfectamente legal, siempre y cuando no se trate de esconder la inversión en un paraíso fiscal. Usted puede hacerlo cumpliendo con las reglas tanto de Colombia como del país receptor. No existe ningún impedimento.
¿Se puede invertir en moneda extranjera en Colombia?
No; cualquier inversión que se realice dentro del territorio colombianotiene que ser en pesos. Ahora bien, existen portafolios de inversión que ofrecen las entidades financieras en moneda extranjera, pero estas solamente ejercen el papel de intermediarias.
¿Qué se requiere para realizar una inversión en los mercados globales?
La condición fundamental, sin la cual no debe pensarse ni siquiera en abrir una cuenta de ahorros, es adquirir los conocimientos financieros fundamentales para comprender las características de las diferentes alternativas existentes, y de esta manera poder hacer una elección adecuada. Y sobre este punto quiero ser enfático: antes de pensar en una inversión –cualquier inversión- es esencial aprender,por lo menos, los conceptos fundamentales sobre la misma, de manera tal de estar capacitado para elegir el portafolio más  adecuado a sus características particulares.
Esto es algo que puede hacerse de manera autodidacta: en Internet abunda el material sobre la materia para las personas que tengan la disciplina de aprender por su cuenta. Ahora bien, si usted no dispone de la disciplina y el tiempo para hacerlo, entonces lo más sencillo consiste en tomar un curso sobre inversiones como el que recomendaré más adelante. Si no se está dispuesto a aprender cómoinvertir, lo más aconsejable es que deje sus ahorros debajo del colchón. De otra manera, las pérdidas están garantizadas. Bastantes ejemplos hemos visto últimamente.  Casos como los de Interbolsa, Elite, Estraval y otros,  son la consecuencia de carencia de educación financiera de los inversores.
Lo que sigue es, exclusivamente, para las personas que están dispuestas a seguir el consejo anterior.
Supongamos que usted ya hizo la tarea y que ya comprende conceptos básicos como devaluación e inflación, sabe lo que es la TRM, entiende lo que es una cuenta de ahorro, una cuenta “Money Market” y un CD; puede diferenciar un bono soberano de uno corporativo y una acción común de una acción preferencial; comprende lo que es un fondo mutual y sus diferencias con un  ETF. Ya no le son desconocidos términos como bolsa de valores, portafolio de renta fija y renta variable, riesgo y rendimiento, perfil de inversionista, etc.
Recuerde: hasta que no esté familiarizado con los términos anteriores y otros similares, no intente exponer su dinero a ningún tipo de inversión.
¿Cómo puede invertir desde Colombia, en dólares?
  • Alternativa 1: La forma más sencilla es a través de un Fondo de Inversión Colectiva (FIC). Para ello, todo lo que hay que hacer es contactarse con alguna entidad que tenga FICs en dólares o euros, abrir una cuenta y elegir el portafolio  que más se adapte al perfil individual. Usted deposita el dinero en pesos y la entidad se encarga del resto. A partir de ese momento usted entrará a formar parte como partícipe del fondo.
Ventajas de este sistema: facilidad y confiabilidad son las más elementales, puesto que la operación se realiza con una entidad reconocida como Porvenir, Protección, Colfondos, Old Mutual, etc.
Otra ventaja importante es que puede gozar de beneficios tributarios, cuando se trata de dinero aportado como pensión voluntaria.
Desventaja: Las altas comisiones pueden a minar los rendimientos de los portafolios, particularmente los de los inversionistas más conservadores que solo buscan preservar el capital. El rendimiento de estos fondos conservadores, en el exterior, generalmente, no sobrepasa el 1 % anual, mientras que las comisiones que cobran las entidades pueden llegar hasta el 4 % anual. Es de simple suma y resta el darse cuenta de que una inversión de este tipo está destinada a depreciarse, en dólares, año tras año. Recomiendo a todas las personas que tengan su dinero en portafolios globales que los analicen para determinar si necesitan realizar reajuste de los mismos. Mis investigaciones muestran que hay miles de colombianos en esta situación.
  • Alternativa 2: Una vez que el inversionista ha decidido el tipo de instrumento financiero en el que desea invertir, puede acercarse a una comisionista de bolsa para realizar la operación. Esta última lo orientará para abrir una cuenta de corretaje con un bróker en el exterior.
Ventajas: Es fácil, por cuanto -como en el caso anterior-  se hace a través de una entidad local reconocida y vigilada por las autoridades financieras. El inversionista tiene control sobre los productos específicos en los que quiere invertir (acciones de Apple, Google, IBM, etc.). Las comisiones son menores que las del caso anterior.  Se paga por cada transacción alrededor del 0.1 % sobre el monto invertido.
Desventaja: En este caso no aplica el descuento tributario. Las comisiones, aun cuando menores que las del caso anterior, siguen siendo altas.
  • Alternativa 3: La tercera alternativa consiste en que usted mismo abra una cuenta con un banco o un bróker del exterior. Lo más conveniente es hacerlo en los Estados Unidos, por cuanto existen muchas ventajas con respecto a otras plazas.
Ventajas: Probablemente la mayor ventaja de tener una cuenta en los Estados Unidos es el bajo riego. Si coloca su dinero en un banco, bien sea en una cuenta de ahorro, una cuenta Money Market o un CD, el dinero va a estar protegido por la FDIC (Federal Deposit Insurance Corporation), hasta por US$250.000. De manera tal que, en caso de quiebra del banco, el gobierno federal le responderá hasta por ese monto. El FDCI es el equivalente a nuestro FOGAFIN; la diferencia es que este último garantiza solamente $20 millones (US$7.000).
Quienes deseen invertir en acciones, ETFs u otros productos más sofisticados, pueden hacerlo a través de un bróker (comisionista de bolsa). También allí  tendrán su dinero asegurado por la SIPC (Securities Investment Protection Corporation) hasta por US$500.000.
Importante: No todos los bancos y brókers están afiliados a las entidades de garantía (FDIC y SIPC). Es necesario asegurarse de que el banco o bróker seleccionado lo esté. Otro punto importante: las instituciones anteriores protegen al inversionista contra una posiblequiebra de las entidades, pero no contra los riesgos inherentes al comportamiento de los productos  en los que se invierta.
Otra ventaja de invertir en los Estados Unidos es que el tratamiento tributario es relativamente suave: se pagan impuestos sobre dividendos e intereses, pero no sobre ganancias de capital.
Diversidad de productos: Al abrir una cuenta con un bróker se tiene acceso a miles de productos de todo el mundo: CD’s, acciones, bonos, fondos mutuales, ETFs, derivados, etc.
No se necesita viajar para abrir una cuenta. Puede hacerse por Internet y por correo.
Desventajas: La mayor desventaja es la complejidad para abrir una cuenta. Hay muchas entidades financieras que no aceptan inversionistas extranjeros, otras exigen montos exorbitantes para abrir una cuenta y además pueden penalizarla si el saldo se baja de determinado monto. También el papeleo es engorroso: llenar un montón de formatos y adicionar diferentes tipos de documentos. Ahora bien, si se cuenta con una buena asesoría, el proceso se simplifica grandemente, pero esto no es suficiente.
¿Puede incursionarse en la bolsa con un buen asesor?
Sí y no. Si hace uso del asesor para “asesorarse”, pero usted como inversionista se capacita y se hace cargo de su inversión, el asesor le va a ser de gran utilidad; pero si pretende descargar sobre el asesor toda la responsabilidad y usted se desentiende de sus inversiones, entonces no es una buena idea.
A este respecto insisto sobre el punto de la educación financiera:
Si no dispone del tiempo o del interés para aprender a invertir, mejor quédese con una cuenta de ahorro en pesos en el banco de la esquina, o guarde su dinero debajo del colchón. Con seguridad que obtendrá mejores resultados.
Ahora bien, si usted desea adquirir las bases fundamentales para invertir en el exterior por la vía fácil, le invito a que nos acompañe en el curso “Cómo invertir en los mercados globales”, el cual estaremos dictando en la Cámara de Comercio de Bogotá. Por ahora tenemos tres fechas disponibles: el 15, el 22 y el 29 de octubre, para que elija la que más le convenga.
Video: No deje que le ocurra lo mismo